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Erte en Elecnor

El 31 de marzo de 2.020, la USO a través del delegado Rafael González Valbuena, fue parte firmante del acuerdo del Expediente de Regulación de Empleo Temporal que por causas de fuerza mayor derivadas del Covid-19 tuvo lugar en la empresa ELECNOR.

Los términos en los que se alcanzó el acuerdo quedan expuestos en los siguientes puntos:

  1. Aplicación general y sin excepciones (3770 trabajadores + 660 que conforman el ERTE por fuerza mayor).
  1. Suspensión de 52 días en un plazo de 90 días con disfrute de permiso especial retribuido del 1 al 13 de abril de 2.020.
  1. Complemento de prestación por desempleo.

 

Tabla Nivel de Complemento
Porcentaje
Salario Fijo Del 1 de abril al 13 Permiso Especial Retribuido RDL 10/2020 100%
A partir del 13 de abril y durante los 30 primeros días de afectación. 85%
A partir del día 31 de afectación. 75%

 

  1. Posibilidad de adscripción voluntaria al ETOP siempre que las condiciones de ejecución con el cliente lo permitan.

Estabilidad en el empleo donde la empresa se compromete a crear una bolsa de trabajo, teniendo prioridad toda persona afectada por el presente ERTE.

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