El Pleno del Tribunal Supremo, por mayoría de sus integrantes, ha ratificado la Sentencia ganada por USO en el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, defendida por nuestro compañero «Carles Juanes» sobre la «ultraactividad» del Convenio Colectivo, una vez finalizado el año de negociación sin acuerdo.
El Tribunal Supremo considera que lo establecido en el Convenio Colectivo tiene naturaleza juridico contractual y por ello sigue siendo exigible entre empresa y trabajador, por el contrato de trabajo que les vincula.
La USO con esta histórica sentencia tumba una buena parte de la Reforma Laboral en lo referido a la negociación colectiva, permitiendo que el Convenio Colectivo siga vigente como históricamente siempre fué, hasta la firma de uno nuevo Convenio Colectivo que derogue el anterior. Con ésta sentencia se pondrá fin a la dilación en la negociación de los Convenios Colectivos dónde la Patronal ha venido utilizando la caducidad de un año para imponer sus condiciones económico y sociales, utilizando la amenaza del Convenio de ámbito superior o, en su defecto, del Estatuto de los Trabajadores o del Salario Mínimo Interprofesional.
Ha tenido que ser una vez más, la USO con sus servicios jurídicos quién consiga en los Tribunales de Justicia, lo que no se consiguió con las movilizaciones y, sobre todo, con el fracasado diálogo social nuevamente recuperado entre Gobierno, CEOE-CEPYME, CCOO y UGT.
AMPLIAREMOS INFORMACIÓN Y ANÁLISIS DE LA SENTENCIA UNA VEZ DISPONGAMOS DEL TEXTO COMPLETO DE LA MISMA TRAS SU PUBLICACIÓN POR EL TRIBUNAL SUPREMO.