La Comisión Negociadora del Convenio se ha reunido de forma semipresencial. exponiendo la parte social y la empresarias las distintas Plataformas de forma detallada y siguiendo el actual articulado del Convenio.
Desde la Representación social se han numerado cada una de las cuestiones que se resumen a continuación:
Art.2. Vigencia del Convenio.
Los Sindicatos hemos establecido 3 años, que se resolverá según la consecución de los avances obtenidos.
La Patronal quiere que sean 2 años, ya 3 sería mucho dada la incertidumbre de la actual situación
Art.5. Absorción y compensación.
Los Sindicatos queremos su eliminación, dado que éste puede dar lugar, entre otras cosas, a que aquellas mejoras obtenidas en cualquier Centro, por encima de Convenio, se queden congeladas/compensadas (como los salarios), además que entra en colisión con los Derechos Adquiridos del art.4., creando incertidumbre.
La Patronal entiende que es un artículo muy tradicional, que está en consonancia con los derechos adquiridos y además no ha causado ningún problema hasta el momento.
Art.10. Descripción de Niveles
Los Sindicatos pedimos la Eliminación Nivel 8, puesto que es un Nivel anecdótico en el Sector, por entender que los que se encuentran en este Nivel, en la actualidad (según descripción y tareas), hacen funciones de Nivel superior y que, en todo caso, era algo muy delimitado y temporal cuando se accedía a las Empresas.
La Patronal dice que no entiende su eliminación, que debe quedarse tal y como está, estableciéndose por funciones. Aunque estudiará el tema en cuestión.
Art.12. Jornada Laboral
Desde la parte social, solicitamos una Reducción Anual de la Jornada Laboral, que el Tiempo de Bocadillo sea considerado como tiempo efectivo de trabajo (que no se recupere), y una adaptación flexible para la entrada y salida del Personal de Oficinas y/o personal no asignado a relevos. Por otro lado, buscar una redacción que nos permita efectivamente negociador los CALENDARIOS LABORALES, eliminando aquello que estipula: “si el acuerdo no se consiguiese en plazo de siete días, la decisión de la empresa será ejecutiva.”
La Patronal quiere cambiar la redacción de este artículo, además de establecer un 20% (350 horas) de Jornada Anual como Distribución Irregular de la Jornada Laboral (Flexibilidad), quitando con ello el mínimo de la jornada que está establecida en 6 horas y que se pueda aplicar a los fines de semana (quitando con ello las horas extras y/o festivas en pro’ de las horas de distribución irregular).
Art.13. Horas Extraordinarias
Los sindicatos emplazamos a que se compense 1 hora extra por 2 horas ordinarias. Además de que aquellas que se realicen en descanso/festivos se retribuirán por un importe igual a la hora extra incrementada en un 35%.
La Patronal considera que todas las horas extra sean compensadas con descanso a razón de una hora por una hora y, siguiendo con su discurso de la Distribución Irregular de la Jornada Laboral, erradicarlas, quitando incluso lo que establece en Convenio: “Hasta la mitad de las horas extraordinarias realizadas podrán ser compensadas mediante descanso.”
Art.14. Vacaciones
La parte empresarial expone que se deben reducir las vacaciones de verano a 15 días naturales, en vez de los 21 naturales actuales, y que el abanico temporal se amplíe desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre, en vez del 20 de Junio al 15 de Septiembre actuales.
La parte social le respondemos que dicha cuestión está correctamente identificada en el Convenio y que, si fuera el caso, siempre de forma voluntaria, estaríamos dispuestos a ver qué percepciones económicas podrían establecerse para aquell@s compañer@s que quisieran tomarse las vacaciones fuera del periodo estipulado.
En resumen, no se ha llegado a ningún consenso.
Desde FI USO esperamos que en la próxima reunión que se celebrará el 25 de Marzo se acerquen posturas.