El Juzgado de lo Social N. 17 ha estimado la demanda promovida por la Sección Sindical de la Unión Sindical Obrera en John Deere Iberica, S.A. donde se reconoce el derecho a tener dos Delegados Sindicales adicionales con sus derechos y garantías conforme establece el artículo 10 de la LOLS, a lo cual la empresa demandada se había opuesto de manera reiterada.
El Juzgado entiende que el nombramiento de dichos delegados sindicales adicionales supone una mejora al citado artículo 10 de la LOLS, y que viene derivado del artículo 61 del Convenio Colectivo de la empresa, y todo ello reforzado porque este Sindicato es más representativo en la empresa sin poder tenerse en cuenta, como pretendía la empresa, las visicitudes en la negociación del Convenio Colectivo actual y precedentes, permitiéndose de esta manera que la organización sindical demandante pueda realizar su actividad en igualdad de condiciones que él resto de representaciones que igual que ella son más representativas en la empresa.
Desde USO industria nos congratulamos de esta nueva sentencia a favor de nuestros intereses y de los/as trabajadores, que demuestra el rigor y buen hacer de nuestros servicios jurídicos y la defensa que esta Federación va a hacer de los derechos que tanto esfuerzo han costado conseguir.