En la tarde del día 28 de Mayo se ha mantenido reunión de seguimiento del Acuerdo Marco del Grupo Sidenor en la planta de Basauri.
En ella se han abordado los siguientes puntos:
1- Flexibilidad: Se nos informa de la flexibilidad aplicada en las plantas en lo que va de año 2018
2- Absentismo: Se da traslado de los niveles de absentismo por fábricas hasta Abril 2018
3- Contratos de Relevo: Se informa de la plantilla de los jubilados parciales y el número de relevos pendientes de efectuar de Mayo a Diciembre de 2018.
4- Plan de Seguridad: Se informa de que el plan de seguridad de Sidenor se abordará para el mes de septiembre en la que se conformará la mesa de negociación para analizar cuáles son las principales cuestiones en esa materia y desarrollar un Plan de Seguridad que dé un impulso a un tema de vital importancia para los trabajadores y así dar por cumplidos los acuerdos alcanzados en el Acuerdo Marco.
5- Jubilaciones Parciales: de todos es sabido que el plan de jubilaciones finaliza el 31 de diciembre de 2018. Desde la parte social se ha pedido que la quinta de 1958 que fue registrada en la seguridad social en el 2013 cuando se firmó el acuerdo de jubilaciones, a expensas de que el gobierno admitiese esa quinta con la regulación legal anterior.
6- Permisos Retribuidos: La reunión la parte social en su conjunto hemos planteado una cuestión importante en referencia a la reciente Sentencia del Tribunal Supremo 145/2018 sobre el inicio el
cómputo de los permisos retribuidos. Hemos pedido a la Dirección del Grupo Sidenor la aplicación a la plantilla del contenido de dicha sentencia que establece que los permisos retribuidos comenzarán a partir del primer día laborable, evidenciando que debe ser así, porque las licencias se conceden para su disfrute en días laborables, pues en días festivos no es necesario pedirlos ya que no se trabaja.
La dirección de la compañía nos traslada que no existe jurisprudencia al respecto y que estudiará dicha cuestión, una vez compruebe como se está aplicando el fallo de esta sentencia en otras empresas. Y que nos responderá en un breve plazo de tiempo.
Desde USO expresamos que este cambio de criterio del Tribunal Supremo abre la puerta a que sea un derecho para todos los trabajadores y así lo manifestamos en la reunión convencidos que debemos defender la causa.
En nuestra opinión, en materia de derechos, el grupo Sidenor tiene que ir acompasado con los tiempos en los diferentes cambios de criterios doctrinales. Es por lo que desde las Secciones Sindicales de USO, CC.OO, UGT y CSIF interpondremos en los próximos días una demanda de conflicto colectivo en relación a este asunto para dirimir interpretaciones.