El Tribunal Supremo no admite el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior del TSJ de CyL de 16 de octubre de 2015 originaria del juzgado de lo social nº1 de Burgos de 12 de julio de 2015.
La providencia dictada por el Tribunal Supremo ratifica la discriminación de los trabajadores firmada y defendida por CCOO, UGT y SOI con Carnes Selectas y que afecta a los trabajadores que ingresaron en la empresa posterior al 30 de mayo de 2013.
El Tribunal Supremo sostiene que «lo único que se pretendió con el acuerdo fue dar un trato de favor a los trabajadores ya pertenecientes a la empresa a la entrada en vigor del pacto». No existiendo justificación objetiva o razonable que fundamente la desigualdad retributiva siendo únicamente la fecha de ingreso en la empresa el motivo de la discriminación.
El Grupo CAMPOFRÍO reconoce a FI-USO que cumplirá la sentencia y pagará las diferencias económicas a los trabajadores una vez le notifiquen la firmeza de la sentencia y calculen las diferencias individuales de cada trabajador.
FI-USO exige de Carnes Selectas, CCOO, UGT y SOI que pongan fin a la discriminación de los trabajadores contratados después de mayo de 2013 reconociéndoles su derecho de igualdad y no discriminación.
La Federación de Industria de USO reclama de los trabajadores de Carnes Selectas, tomen buena nota de quienes firman acuerdos contra sus intereses y del trabajo en solitario que ha realizado la Sección Sindical de USO en la empresa para reponerles el derecho de igualdad y el pago de las cuantías económicas estafadas.
«POR UN SALARIO DIGNO»
«TRABAJO DE IGUAL VALOR, IGUAL RETRIBUCIÓN»
«NO MÁS DISCRIMINACIÓN»