
El pasado 3 de marzo, se alcanzó el acuerdo relativo al procedimiento de despido colectivo de PEPSICO, con la participación activa de las partes implicadas en el marco del diálogo social establecido. En representación de USO industria, asistieron Jaume Lliteras Ballester (delegado de USO industria en PEPSICO Marratxi) que estuvo asesorado por Marcos Ruiz González (Staff USO industria).
El despido colectivo, motivado por causas organizativas y productivas, afecta a 414 personas trabajadoras vinculadas a los centros de trabajo de las siguientes áreas geográficas: Vitoria, Bilbao, San Sebastián, Valencia, Alicante, Coslada, Leganés, Zona Franca, Polinyà, Málaga y Marratxí.
Este dimensionamiento responde a una reestructuración necesaria para garantizar la viabilidad a medio y largo plazo de la empresa en un entorno competitivo, con la voluntad de minimizar cualquier impacto negativo para las personas afectadas.
La medida central del acuerdo es el Plan de Rentas, dirigido a las personas afectadas por la extinción del contrato que cumplan determinados requisitos. Podrán acceder quienes tengan entre 56 y 62 años en el momento de la extinción, así como quienes cumplan 56 años durante el año en curso, siempre que acrediten al menos 10 años de antigüedad en la empresa. El plan tendrá una duración hasta los 63 años, salvo para las personas de 61 o 62 años, que podrán mantenerse en él hasta los 64 años.
Como resumen citamos las siguientes medidas:
- Plan de Rentas.Las rentas se calcularán aplicando un porcentaje del salario neto pensionable, que dependerá de la edad en el momento de la extinción:
- 56 años: 70 %
- 57 años: 75 %
- 58 años: 80 %
- 59 años: 85 %
- 60 años: 90 %
- 61–62 años: 90 % hasta los 64 años
- Para minimizar las extinciones, el acuerdo incluye diferentes mecanismos de mantenimiento del empleo, entre ellos recolocaciones internas dentro de la nueva estructura organizativa, incorporación a equipos de transformación, traslados a otras delegaciones o canales y recolocaciones externas a través de la consultora LHH.
- Las personas que finalmente resulten afectadas por extinción forzosa y no accedan al Plan de Rentas recibirán la indemnización legal por despido improcedente, además de posibles indemnizaciones adicionales relacionadas con factores como la edad, la antigüedad o la carrera profesional. Todas las cuantías económicas recogidas en el acuerdo tienen carácter bruto y estarán sujetas a la fiscalidad correspondiente.
Desde USO industria, a pesar del daño que implica la pérdida de empleo para las personas y las comunidades afectadas, consideramos que este acuerdo es positivo ya que reduce la afectación traumática, que era el principal objetivo, mitiga el impacto y garantiza una salida digna para quienes deben abandonar la empresa.




