Skip to main content

La plantilla del grupo Isolux ratifica por amplia mayoría el preacuerdo alcanzado por la Comisión Negociadora

isolux

Tras un mes de intensas negociaciones, el pasado 26 de Octubre finalizaba el período de consultas con un pre-acuerdo firmado por unanimidad de todos sus miembros. Preacuerdo que ha sido ratificado en las distintas asambleas que se han celebrado durante los días 27 y 28 en el conjunto del territorio nacional, con el resultado de 276 votos a favor, 92 votos en contra, 8 votos nulos y 1 en blanco.

En el día de hoy, y mandatados por el conjunto de los trabajadores y trabajadoras, se ha vuelto a reunir la comisión que representa a las tres áreas de negocio de la compañía, Construcción, Ingeniería y Grupo para ratificar el contenido y firmar el acta de finalización del período de consultas, con acuerdo.

Un acuerdo que no hubiese sido posible sin el apoyo del conjunto de la plantilla y que tuvo su máximo exponente el pasado 26 de Octubre cuando se congregaron un las instalaciones de Madrid un millar de trabajadores y trabajadoras provenientes de toda la geografía española. Desde la Federación de Industria de USO, queremos agradecer la unión y el esfuerzo llevado a cabo por todos ellos.

Planteado inicialmente para 535 trabajadores, el expediente de regulación de empleo finalmente afectará a 421 puestos de trabajo (192 en el área de Construcción, 194 en Ingeniería y 35 en el Grupo Isolux). Por tanto, fruto de las negociaciones se ha conseguido desafectar a un 20%.

El acuerdo alcanzado, que tendrá un período de ejecución hasta el 31 de Marzo del 2017, gira en torno a tres ejes fundamentales. Bajas indemnizadas, prejubilaciones y aspectos varios.

1.- Indemnizaciones:

Los empleados afectados de edad inferior a 56 años cumplidos a la fecha de efectos de extinción de la relación laboral, percibirán:

– Una indemnización básica equivalente a 30 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo interiores a un año, con el límite máximo de 17 mensualidades.

– Lineal 1. (Empleados afectados menores de 50 años) La indemnización básica anterior, se complementará con la percepción de una prima indemnizatoria adicional consistente en 500 euros por cada año completo de prestación efectiva de servicios a fecha efectiva de la extinción del contrato de trabajo.

– Lineal 2. (Empleados afectados mayores de 50 años). Igual que el lineal 1 pero la cantidad es de 800 euros.

La suma de los conceptos indemnizatorios no podrá exceder de 135.000 euros brutos.

2.- Prejubilaciones.

Se acuerda  un programa especial de desvinculación para aquellos trabajadores afectados de edades comprendidas entre 56 y 61 años de edad, cumplidos hasta el 31 de Diciembre del 2016.

El trabajador percibirá una compensación mensual de carácter indemnizatorio equivalente al 80% de la retribución fija neta mensual, desde la fecha de despido hasta alcanzar la edad de 62, 63 o 64 (empleados de 56 a 58; 59 y 60; y 61 años, respectivamente), en función de la cumplida a 31 de Diciembre del 2016.

El importe máximo del plan de rentas se establecerá en 150.000 euros brutos anuales.

Para los empleados afectados de edad superior a 62 años cumplidos a la fecha de efectos de extinción de la relación laboral, se acuerda una indemnización de 24 días de salario por año con un límite de 12 mensualidades, más una prima indemnizatoria adicional equivalente al coste de una anualidad del Convenio Ordinario que garantice la base de cotización del colectivo entre los 62 y los 63 años de edad.

3.- Varios

Se abrirá un plazo de 48 horas para atender las adscripciones voluntarias que pudieran producirse.

Se garantizará un Plan de Recolocación Externo suscrito con la empresa Lee Hecht Harrison (LHH), mejorando el período mínimos de 6 meses de atención continuada, siendo éste prolongable por el tiempo necesario hasta alcanzar el compromiso de recolocación/reinserción del 50% de los candidatos activos en el Programa.

Se ha conseguido arrancar un compromiso a la compañía, para que en el caso de que se produzcan despidos objetivos que obedezcan a las mismas causas que se alegan en este ERE, se aplicarán las mismas indemnizaciones que marca este despido colectivo, este apartado tendrá una vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2017.

Del mismo modo, en aquellas situaciones de movilidad geográfica nacional e internacional, donde el trabajador opte por resolver la relación laboral, tendrá derechos a percibir una indemnización equivalente a 26 días de salario por año de servicio con un tope de 14 mensualidades. Este compromiso se extenderá igualmente hasta el 31 de Diciembre del 2017.

Las partes se comprometen a iniciar un proceso de homogeneización de las condiciones laborales en la compañía en materias tales como: Optimización de políticas y procesos de movilidad, distribución de la jornada de trabajo, complemento salarial en caso de IT, complemento del salario real en caso de permiso de paternidad y maternidad, desarrollo de un Plan de Igualdad que se aplique al Grupo Isolux consolidado.

La Federación de Industria de USO a pesar del impacto en el empleo que tiene esta medida, valora positivamente el acuerdo alcanzado, pero instamos a la compañía a un cambio radical de actitud y a desarrollar políticas que garanticen la viabilidad de la empresa y los puestos de trabajo de todos sus empleados.

Comparte esta noticia: