A nuestro delegado sindical en la empresa CEPSA se le ha estado negando el derecho a asistir a las reuniones del Comité Intercentros que se celebran entre empresa y sindicatos.
Debido a ello, USO industria formuló demanda por Conflicto Colectivo contra la compañía CEPSA y los sindicatos CCOO, UGT, Sindicato Unitario y Sindicato de Trabajadores (STR) solicitando se declarase y reconociese el derecho del delegado sindical de la Unión Sindical Obrera en la empresa a asistir a las reuniones del Comité Intercentros, con voz pero sin voto, todo ello, en aplicación del capítulo XI del convenio de aplicación.
Una vez admitida la demanda y celebrado el juicio, con fecha 23 de marzo de 2022, se dictó sentencia por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en la que se nos daba la razón a la petición anteriormente citada.
Ante esta sentencia de la Audiencia Nacional, el sindicato UGT hizo un Recurso de Casación que fue impugnado por USO y que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha sentenciado recientemente.
Y en este marco, la sentencia de dicho tribunal ha sido clara y concluyente, desestimando el recurso de casación y confirmando la sentencia de la Audiencia Nacional con lo que nuestro delegado podrá asistir a las reuniones Intercentros que se realicen, aunque sea solo con voz y sin voto.
Una nueva victoria judicial en defensa de nuestros derechos fundamentales y de la legislación vigente, que parece que ciertas empresas y sindicatos autodenominados de “clase” se saltan a la torera atendiendo solo a sus propios intereses y no a los que las urnas han otorgado legítimamente mediante la voluntad expresada por la plantilla.