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Diez pasos para la evaluación de riesgos laborales, porque “sin evaluación no hay prevención”

A las puertas del 28 de abril, Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, desde USO queremos recordaros, en diez sencillos pasos, cómo debe hacerse una evaluación de riesgos laborales, la primera y necesaria tarea para poner en marcha una prevención de riesgos laborales eficaz. Desde la Secretaría de Acción Sindical y Salud Laboral de USO, dedicaremos nuestra campaña de difusión de este 28 de abril a la evaluación, porque “Sin evaluación no hay prevención”.

1. ¿Qué es la evaluación de riesgos? Es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que la empresa adopte las medidas preventivas necesarias.

2. ¿Quién debe evaluar los riesgos? La empresa está obligada, según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras. Para ello, el empresario, la empresaria o en quien delegue, deberá poseer la formación en materia de prevención de riesgos laborales suficiente, en función del nivel de complejidad de la evaluación.

3. ¿Qué se debe tener en cuenta en la evaluación?
a. Actividad a desarrollar.
b. Características de los puestos de trabajo.
c. Trabajadores que deban ocupar dichos puestos.
d. Posibilidad de que un trabajador o trabajadora sea especialmente sensible (discapacidad física o sensorial, trabajadoras embarazadas, madres lactantes, etc.).
e. Equipos de trabajo.
f. Sustancias o mezclas químicas.
g. Condiciones de los lugares de trabajo (temperatura, humedad, espacios, tipos de suelos, techos).

4. ¿Cuándo deben evaluarse los riesgos? Los riesgos deben evaluarse antes de comenzar cualquier actividad empresarial. Si no se evalúan, no se pueden prevenir, con lo que debemos saber a qué nos enfrentamos antes de emprender una actividad.

5. ¿Se deben volver a evaluar los riesgos? La evaluación es un documento vivo y debe ser revisada ante los cambios que se produzcan, teniendo en cuenta especialmente:
a. Elección de nuevos equipos de trabajo.
b. Introducción de nuevas sustancias o mezclas químicas.
c. Introducción de una tecnología nueva.
d. Modificación en el acondicionamiento de los lugares de trabajo (humedad, temperatura…).
e. Cambio en las condiciones de trabajo (el trabajo a turnos se considera como tal).
f. Incorporación de un trabajador o trabajadora especialmente sensible por sus características personales o estado biológico conocido.

6. ¿Se debe revisar la evaluación si se detecta que las medidas no son las adecuadas? La evaluación inicial debe revisarse cuando así lo establezca una disposición específica y cuando se hayan detectado daños a la salud de los trabajadores y las trabajadoras, o bien cuando las actividades de prevención puedan ser inadecuadas o insuficientes. Para ello, se deberán considerar los resultados de:
a. Investigación sobre las causas de los daños para la salud de los trabajadores y trabajadoras.
b. Las actividades para la reducción y el control de los riesgos.
c. El análisis de la situación epidemiológica.

Además de lo descrito, las evaluaciones deberán revisarse periódicamente con la periodicidad que se acuerde entre la empresa y la RLT.

7. ¿Cómo debe ser la evaluación de los riesgos laborales? Debe ser una evaluación específica adaptada a cada puesto de trabajo en función de los riesgos que se deriven de las actividades y tareas a realizar además de tener en cuenta las características de los trabajadores que deban ocupar los puestos, sobre todo si son especialmente sensibles.

8. ¿Cuáles son los factores de riesgo laboral? Existen 4 grupos de factores:
a. Físicos (temperatura, humedad, ruido, iluminación).
b. Químicos (sustancias y mezclas utilizadas en el trabajo en forma sólida, líquida o gaseosa).
c. Biológicos (agentes biológicos presentes, como virus, bacterias, hongos, etc.).
d. Psicosociales (organización y ordenación del trabajo que pueden provocar estrés laboral, carga física y/o mental, insatisfacción laboral o síndrome del quemado (“burn out”).

9. ¿QUÉ HACER TRAS LA EVALUACIÓN DE RIESGOS?
Una vez identificados los riesgos de cada uno de los puestos de trabajo dentro de una empresa, se procederá a priorizar los riesgos más dañinos para el trabajador a la hora de establecer las correspondientes medidas preventivas.
– Se dará una prioridad ALTA en cuanto a la subsanación de las deficiencias para los riesgos intolerables e importantes.
– Se dará una prioridad INTERMEDIA para los riesgos moderados y una prioridad BAJA para los riesgos tolerables y triviales.
Con base en los criterios anteriores, se establecerá una planificación de la actividad preventiva en el centro de trabajo.

10. ¿Cuál es el papel de los delegados y delegadas de Prevención?
Los delegados y delegadas de Prevención deben participar en el proceso de evaluación de riesgos y supervisar que los datos recogidos son los adecuados.
Deben supervisar que las evaluaciones no sean genéricas y “corta y pega”, que recojan todos los riesgos y las características específicas de quien vaya a estar en el puesto evaluado.
Deben proponer la revisión de las evaluaciones ante cambios o daños a la salud y pueden negociar una periodicidad ordinaria de revisión de las mismas con la empresa.
Ante riesgos muy concretos, deben proponer la realización de evaluaciones específicas, como pueden ser las de riesgos psicosociales, ergonómicos, etc., y participar en el proceso y seguimiento de las mismas.

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