
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Palencia que obliga a Gestamp, con sede en Dueñas, a compensar a sus trabajadores por desplazarse fuera de su jornada para recoger la ropa de trabajo en establecimientos de Palencia y Valladolid.
El conflicto surgió en 2024, cuando la empresa decidió que las prendas se recogieran directamente en los proveedores y no en la planta, obligando a los empleados a acudir fuera del centro y del horario laboral. Ante la falta de acuerdo sobre compensaciones, USO en Castilla y León presentó demanda de conflicto colectivo.
La justicia considera que se trata de un desplazamiento impuesto por la organización empresarial y que, aunque no sea trabajo efectivo en sentido estricto, debe retribuirse como tal. Por ello, la empresa deberá abonar dos horas extraordinarias por trabajador y el kilometraje correspondiente, conforme al Real Decreto 439/2007.
La sentencia no es firme y puede recurrirse en casación, pero refuerza el criterio de USO que los costes y tiempos derivados de decisiones organizativas no pueden recaer sobre los empleados.




